APU rechaza censura de la Junta departamental a periodista de Tacuarembó
“Es enteramente libre en toda materia la comunicación de pensamientos por palabras, escritos privados o publicados en la prensa, o por cualquier otra forma de divulgación, sin necesidad de previa censura; quedando responsable el autor y, en su caso, el impresor o emisor, con arreglo a la ley por los abusos que cometieron.”
Artículo 29 – Constitución de la República Oriental del Uruguay