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Comunicado público
PITCNT: ante decreto de servicios mínimos para el desarrollo de las actividades portuarias
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PIT-CNT

El secretariado Ejecutivo del PIT-CNT, considerando:

• El decreto del Poder Ejecutivo (MTSS, MTOP) que establece servicios mínimos para el desarrollo de las actividades portuarias en la Terminal Cuenca del Plata, en función del conflicto que mantiene con nuestra filial SUPRA, Comité de Base TCP NELSURY.

• Que la mencionada empresa y la representación de los trabajadores vienen llevando a cabo conversaciones desde hace 6 meses aproximadamente, sin haber arribado hasta el momento a un convenio colectivo de empresa.

• Que el MTSS, tal cual está pautado por la normativa vigente, ha convocado a ambas partes a los efectos de que, en un plazo de 72 horas, acuerden los servicios mínimos que deben desarrollarse ante eventuales medidas de acción de huelga, ámbito en el cual no se ha producido un acuerdo entre las partes.

• Que es usual, en distintos ámbitos del mundo del trabajo, el desarrollo de servicios mínimos garantizados, con especial cuidado de aquellas actividades que pueden afectar la vida, la salud o la seguridad de los compatriotas, pero que en todos estos lugares los criterios se fijan de común acuerdo entre las partes de la relación laboral.

• Que ninguna normativa puede inhibir el derecho de huelga como derecho humano fundamental, debidamente consagrado en la Constitución de la República.

El Secretariado Ejecutivo del PIT-CNT RESUELVE:

1. Declarar su solidaridad con los trabajadores, en su brega por arribar a un convenio colectivo que regule los derechos de los trabajadores en la Terminal Cuenca del Plata.

2. Parece ser excesiva la determinación por parte del Poder Ejecutivo de los servicios mínimos establecidos en el presente decreto en función de que los mismos se acercan a una situación de normalidad en el trabajo.

3. Exhortar a los involucrados, en especial a la empresa, a desarrollar todos los esfuerzos durante la próxima semana (en la cual la organización sindical no tiene medidas de acción directa definidas) para encontrar soluciones de fondo que permitan arribar a un convenio colectivo acordado entre las partes involucradas en la negociación.

Secretariado Ejecutivo del PIT-CNT