Pasar al contenido principal
En Ginebra
El PIT-CNT pidió a la OIT medidas para garantizar la protección de los derechos laborales en Argentina
Imagen
OIT-OLIVERA

En el marco del examen que realiza la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre el cumplimiento del Convenio 150 por parte de Argentina, el PIT-CNT solicitó que el organismo exhorte al Estado argentino a adoptar medidas concretas para restablecer una administración del trabajo con jerarquía institucional, independencia técnica, recursos suficientes y mecanismos efectivos de consulta tripartita. El planteo fue realizado por José Olivera, quien alertó sobre transformaciones que, a su juicio, “debilitan la protección efectiva de los derechos laborales”.

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) estudia formalmente el caso de la República Argentina por presuntas vulneraciones vinculadas a la administración pública del trabajo, durante la 114ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo (CIT). Las deliberaciones técnicas se desarrollan en el ámbito de la Comisión de Aplicación de Normas (CAN), que sesiona en Ginebra, Suiza.

En ese marco, el secretario de Relaciones Internacionales del PIT-CNT, José Olivera, intervino en nombre de las trabajadoras y los trabajadores uruguayos nucleados en la central sindical para referirse al caso argentino durante el examen del Convenio Internacional del Trabajo 150.

El caso de Argentina ante la OIT se centra en la evaluación de presuntos incumplimientos del Convenio 150 sobre la administración del trabajo, luego de que el país fuera incluido en la denominada “lista corta” de 23 naciones bajo observación internacional durante la 114ª Conferencia Internacional del Trabajo.

La revisión responde a denuncias presentadas por organizaciones sindicales argentinas, que alertan sobre el “debilitamiento del diálogo social tripartito, retrocesos en los sistemas de fiscalización e inspección laboral y reformas estructurales que afectan el funcionamiento de las instituciones públicas encargadas de regular el mercado de trabajo”.

Si bien la OIT no aplica sanciones económicas ni jurídicas directas, la comparecencia tiene un fuerte impacto reputacional a nivel internacional. El objetivo del procedimiento de la Comisión de Aplicación de Normas es “instar” al Estado argentino a adoptar las recomendaciones correspondientes y adecuar sus políticas a los estándares internacionales que el país ratificó.

Protección efectiva de los derechos laborales

Durante su intervención, Olivera sostuvo que desde el PIT-CNT se observa en Argentina un conjunto de “transformaciones de alcance estructural que inciden de manera directa en el funcionamiento de la administración del trabajo y en la capacidad del Estado para garantizar la protección efectiva de los derechos laborales”. Desde esa perspectiva, advirtió sobre la “incompatibilidad de estas medidas con las obligaciones asumidas por el Estado en virtud del convenio 150”.

“La degradación del Ministerio de Trabajo al rango de Secretaría constituye un elemento especialmente relevante, en tanto plantea interrogantes serios sobre la jerarquía institucional, la autonomía operativa y la capacidad de coordinación que exige una administración del trabajo eficaz”, afirmó.

Asimismo, señaló que “las medidas que afectan la estabilidad en el empleo público y habilitan ceses discrecionales comprometen la independencia técnica que debe caracterizar a los organismos encargados de aplicar y supervisar la normativa laboral, repercutiendo directamente en la posibilidad de contar con instituciones fuertes que puedan cumplir con las funciones previstas por el Convenio”.

Olivera sostuvo que la misma preocupación surge al analizar el sistema de inspección y fiscalización laboral. “La insuficiencia de recursos humanos disponibles para cubrir adecuadamente el territorio nacional, así como la bajísima intensidad de control en sectores particularmente expuestos a la informalidad, como el trabajo rural, revelan debilidades graves en la capacidad inspectiva del Estado”, expresó.

Agregó que, si a ello se suma la “eliminación de sanciones” vinculadas al trabajo no registrado, el resultado es un marco que reduce los incentivos al cumplimiento de la normativa y debilita la eficacia de la tutela laboral. “Esta situación debe ser considerada a la luz de los convenios 81 y 129, íntimamente vinculados con la efectividad del sistema de administración del trabajo”, indicó.

Imagen
OIT-OLIVERA

Para el PIT-CNT, el cumplimiento del Convenio 150 sobre administración del trabajo no puede analizarse de forma aislada, ya que una institucionalidad laboral efectiva requiere herramientas concretas de control y fiscalización. En ese sentido, el Convenio 81 refiere a la inspección del trabajo y el Convenio 129 a la inspección laboral en la agricultura.

El dirigente sindical uruguayo también manifestó preocupación por el “debilitamiento” de los mecanismos de diálogo social y consulta tripartita. “La adopción de reformas de amplio impacto sin instancias suficientes de participación de las organizaciones representativas de trabajadores y empleadores se aparta de los principios que inspiran el sistema normativo de la OIT”, sostuvo.

En la misma línea, agregó que la paralización o desarticulación de espacios institucionales de concertación, así como la afectación de ámbitos de coordinación federal, “compromete la construcción de políticas laborales legítimas, sostenibles y compatibles con los estándares internacionales”.

Olivera remarcó además que resulta preocupante la tendencia a abordar los conflictos laborales desde una lógica “predominantemente represiva”. Añadió que las restricciones al ejercicio del derecho de huelga, especialmente mediante interpretaciones extensivas del concepto de servicios esenciales, deben ser examinadas con suma cautela, dado que afectan directamente la libertad sindical y la acción colectiva de las organizaciones de trabajadores.

También señaló que la reducción de capacidades estatales, la desarticulación de programas técnicos y territoriales y la pérdida de personal especializado “impactan de manera concreta en la prestación de funciones esenciales vinculadas a la tutela laboral y social, teniendo como consecuencia práctica la pérdida de derechos”.

Por estas razones, Olivera solicitó en nombre del PIT-CNT que “se tome debida nota de la gravedad de la situación y se exhorte al Estado argentino a adoptar medidas concretas para restablecer una administración del trabajo dotada de jerarquía, independencia, recursos suficientes y mecanismos efectivos de consulta tripartita, en plena conformidad con el Convenio 150 y en articulación con las obligaciones derivadas de los convenios 81 y 129”.