Derechos Fundamentales del Trabajo

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De acuerdo a la "Declaración relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo", adoptada por la 86ª Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo (O.I.T.), se consideran Derechos Fundamentales en el Trabajo:

  • la Libertad de Asociación
  • la Libertad Sindical
  • el reconocimiento a la Negociación Colectiva
  • la Eliminación de todas las Formas de Trabajo Forzoso u Obligatorio
  • la Abolición Efectiva del Trabajo Infantil
  • la Eliminación de la Discriminación en materia de Empleo y Ocupación

Uruguay tiene reconocidos constitucionalmente estos derechos y ha ratificado los Convenios Internacionales del Trabajo de la O.I.T. que refieren a ellos.

Uno de los objetivos del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social es la promoción y difusión de estos Derechos Fundamentales, consagrados en la Constitución de la República y en los Convenios Internacionales de Trabajo, considerados básicos por la O.I.T. El Ministerio realiza un seguimiento sobre la aplicación de los Convenios relacionados con los Derechos Fundamentales, promoviendo la coordinación entre las diversas Unidades Ejecutoras de esta Secretaría de Estado, y con otros Organismos e Instituciones, a efectos de lograr una adecuada articulación en su promoción y aplicación.

Con la finalidad de contar con un área especializada en estas tareas, fue recreada la Asesoría en Derechos Fundamentales del  Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

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