Ec. Pablo Da Rocha: “Presupuesto de corte neoliberal, mercantilizador y fetichizado”

Martes, 08 Septiembre 2020 16:59
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El economista Pablo Da Rocha, realizó primer análisis del proyecto de Ley de Presupuesto Nacional que el Poder Ejecutivo envió a la Asamblea General, el pasado 31 de agosto. Para el economista, en el proyecto presentado queda evidenciado que el gobierno prioriza lo fiscal sobre lo social, lo que “no hace más que consolidar la orientación mercantilizadora de este gobierno”. Según el técnico, “privilegiar los aspectos económicos por sobre la calidad de vida de las personas o el bienestar social, es propia de los gobiernos neoliberales”.

Da Rocha es integrante del Instituto Cuesta Duarte y asesora a sindicatos y federaciones en materia económica y presupuestal.

En una primera visión general del proyecto de Presupuesto Nacional, describe el contexto en el que el gobierno basa sus consideraciones y fundamentos centrales para referirse a lo que denomina una “herencia maldita” que justifique la insistencia en la aplicación de términos como “ahorro” y evitar así tener que hablar de recortes de distintas políticas sociales.

Da Rocha sostiene en su análisis que los nuevos lineamientos en materia salarial “resultan tan confusos que habilitan la trampa o las malas intenciones; lo que no queda dudas, es que, estas nuevas pautas habilitan la discrecionalidad de acción del Poder Ejecutivo en el marco de un proyecto de corte neoliberal, mercantilizador y fetichizado”.

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En la noche del 31 de agosto -a pocas horas de vencer el plazo constitucional- ingresó finalmente el tan esperado Proyecto de Ley de Presupuesto Nacional correspondiente al período 2020-2024.

El ritual de presentación suele ser el mismo, formalmente, en manos de la ministra de Economía y Finanzas (MEF), Azucena Arbeleche, acompañada de sus principales asesores: la directora de la Unidad de Presupuesto Magela Manfredi, el coordinador de Finanzas Públicas Fernando Blanco, la coordinadora de Política Económica Marcela Bensión y el director de Asesoría Macroeconómica Hernán Bonilla, junto al director Isaac Alfie y representantes de la Oficina de Planificación y Presupuesto (OPP); le son entregados, también en mano, a la vicepresidenta Beatriz Argimón.

El proyecto de Ley de Presupuesto Nacional, consta de 690 artículos, distribuidos en 8 secciones, que totalizan 296 páginas. Éste viene, como es habitual, acompañado de un ejemplar que da cuenta de la fundamentación que respaldaría los contenidos, que se conoce como “exposición de motivos”. Curiosamente este ejemplar, a diferencia de otras ediciones, es menos voluminoso que el proyecto en sí. En efecto, el “mensaje” tiene 178 páginas, lo cual sorprende en tanto, en el mismo, se suelen presentar además de los lineamientos estratégicos que orientan las asignaciones y el escenario macroeconómico que lo sustenta, la orientación política de lo que se propone hacer.

Pues no se trata solo de describir la realidad y proponer acciones o planes concretos, es hacer consistente uno con otro, y para ello, es necesario un proceso mediador de interpretación. Es decir, hay que ir más allá de describir la realidad, es necesario explicarla, o sea, analizar sus factores determinantes o causales, y esto requiere una mirada más profunda de las cosas.

De acuerdo con el artículo 214 de la Constitución de la República, dentro de los primeros seis meses de mandato el Poder Ejecutivo (PE) deberá presentar al Poder Legislativo, con el asesoramiento del a Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) el Presupuesto Nacional que regirá para su período de gobierno. Es decir, que el Proyecto de Ley deberá ingresar antes del 1° de setiembre al parlamento.

Como es sabido, el Poder Legislativo tiene que aprobar el proyecto de Presupuesto. Se “pronunciará exclusivamente sobre montos globales por inciso, programas, objetivos de los mismo, escalafones y número de funcionarios y recursos; no pudiendo efectuar modificaciones que signifiquen mayores gastos que los propuestos”.

Cada cámara deberá pronunciarse dentro del término de cuarenta y cinco días de recibidos; y de no haber pronunciamiento en este término el proyecto se considerará rechazado. Asimismo, cuando el proyecto aprobado por una de las Cámaras, fuera modificado por la otra Cámara, la Cámara que originariamente lo aprobó deberá pronunciarse sobre las modificaciones dentro de los quince días siguientes, transcurridos los cuales o rechazadas las modificaciones el proyecto pasará a la Asamblea General.

Ahí la Asamblea General dispondrá de quince días para pronunciarse, si no lo hace dentro de ese término, el proyecto se considera rechazado. Sin perjuicio de ello, la Constitución prevé en su artículo 219 la posibilidad de enviar dentro de un plazo de veinte días -a partir de la primera entrada del proyecto a cada Cámara- mensajes complementarios o sustitutivos.

Veamos, un presupuesto o planificación presupuestal puede ser entendido -de acuerdo a la doctrina- como la concreción en forma detallada y expresada en unidades monetarias de la planificación estratégica a más largo plazo[1] o bien desde un punto de vista más contable, como la proyección de gastos que va a realizar un gobierno en un período pre-determinado y de los recursos o ingresos necesarios para cubrir esos gastos. Desde este punto de vista, el Presupuesto Nacional constituye la expresión programática de los planes de gobierno.

En efecto, el Presupuesto Nacional es el instrumento de política económica y social más relevante de un gobierno; y contrariamente a lo que muchos piensan, el objetivo más importante de un Presupuesto es social puesto que es la manera en cómo se distribuyen los recursos para hacer mejorar el bienestar social. No hay dudas que un presupuesto debiera ser sensible y considerar los problemas sociales y económicos del país y el entorno en que se desenvuelve.

Es el plan de acción del gobierno, donde se establecen cuales serán los gastos que enfrentará y cuáles son los recursos con que se contará para hacerlo. La Ley de Presupuesto Nacional contiene el total de los ingresos y gastos contemplados para el correspondiente ejercicio fiscal. Su importancia radica que en ella se van concretando los principales objetivos que el gobierno pretende alcanzar en un período determinado, así como los recursos que se requieren para financiar el gasto del cumplimiento de estos objetivos.

Como ya se dijo, el Presupuesto no sólo es un instrumento de planificación financiera, sino social y tiene que ver con la vida diaria de las personas. Por ello es importante que la ciudadanía conozca los detalles del contenido de esta importante ley: su proceso de aprobación, las entidades que participan y su importancia como instrumento de gestión de los recursos de todos los ciudadanos.

Todo esto nos permite tener un panorama de la relevancia y pertinencia de los presupuestos nacionales, en tanto y en cuanto, representan los planes de gestión de los gobiernos y su orientación política, pero al mismo tiempo, los plazos con que se cuenta, y sus limitantes para llevar a cabo modificaciones, sobre todo si estos no reflejan o expresan las verdaderas necesidades o sensibilidades sociales, incluso la perspectiva de desarrollo.

Este proyecto de Ley de Presupuesto Nacional se apoya en una idea central: básicamente en la reducción del déficit fiscal. Esto no solo surge de la nueva modalidad de asignación presupuestal, que abandona la metodología “incremental” año a año, por una que revisa a partir de una línea base de partida, si las siguientes asignaciones serán de incremento (o no) en base al cumplimiento de objetivos y metas, que serán estudiadas y validadas en cada Rendición de Cuenta; sino también de las propias declaraciones públicas de la ministra Azucena Arbeleche, cuando afirma que no se trata de cuánto se asigna, sino de la “relación entre ingresos y egresos”.

Esta mirada o centralidad de lo fiscal, sobre lo social, no hace más que consolidar la orientación mercantilizadora de este gobierno. Privilegiar los aspectos económicos, por sobre la calidad de vida de las personas o el bienestar social, es propia de los gobiernos neoliberales. Pero por si aún resulta insuficiente esto, para concluir el diagnóstico, se hace retomando viejas recetas que se pensaban obsoletas, inspiradas en el efecto “goteo”; es decir, reducir los ingresos de los trabajadores y jubilados; recortar el papel social que brinda el Estado y  con estos “ahorros” reactivar la economía, luego, sentarse a esperar el “derrame”.

En efecto, este nuevo Proyecto de Ley –inspirado en el relato de una “herencia maldita” que han instalado desde que asumieron el gobierno- utiliza la expresión “ahorro” como eufemismo de “recorte”. Por eso, prefiere evitar referirse a los recortes de varias políticas sociales, o sobre la falta de incremento para la Universidad, en su lugar, prefieren hablar de “optimización del gasto”.

La asignación prevista en este Presupuesto asciende para el año 2021 en 680 mil millones de pesos, y se mantiene en principio estable para los próximos (dependiendo de las rendiciones podría verse alterada). Este nivel de asignación equivale a 32% del PIB. Los principales incrementos previstos –por ejemplo- en materia salarial están en Salud, Educación y en Defensa. En concreto, están previstos 880 millones de pesos en ASSE; 255 millones de pesos para la ANEP con una partida adicional de 500 pesos millones (a ser pagada por única vez en el año 2021) y 218 pesos millones con destino la UTEC; y casi 400 millones para el personal militar subalterno y que desempeñe funciones de control fronterizo.

También está previsto, a los efectos del cumplimiento de la ley de modificaciones al Sistema de Previsión Social Militar una asignación de recursos por hasta 1.700 millones de pesos; y lo que resulta algo insólito, por no decir, deshonesto, es que se destaca un incremento de 7.200 millones de pesos para las Asignaciones Familiares –Plan Equidad, cuando de lo que se trata, es de un cambio de administración de los fondos, es decir, pasa de manos del BPS al MIDES. No hay incremento, hay un “cambio de manos”.

Más allá de este juego de la “mosqueta” con los recursos, hay que tener un detalle en cuenta para afirmar, que este Presupuesto implica un “ahorro” y es que a pesar de estos “incrementos” en las remuneraciones, no está asegurada la no pérdida de poder de compra de los trabajadores públicos. Porque nuevamente fueron alteradas unilateralmente las pautas salariales para los funcionarios públicos, seguramente de forma deliberada, en el artículo 4 de este “nuevo” Proyecto de Ley.

Los nuevos lineamientos en materia salarial resultan tan confusos que habilitan la trampa o las malas intenciones; lo que no queda dudas, es que, estas nuevas pautas habilitan la discrecionalidad de acción del Poder Ejecutivo en el marco de un proyecto de corte neoliberal, mercantilizador y fetichizado.

Pues nuevamente se retrocede, y en apariencia, se vuelve a “reconocer” la aplicación del correctivo previsto en el Presupuesto anterior. Asimismo, se proponen ajustes anuales que incluyen un componente de recuperación de manera que el salario real al finalizar el Presupuesto “no hay sufrido deterioro” (no se explicita que se entiende por deterioro, ni siquiera respecto a qué período de referencia). Solo hay una mención –por cierto preocupante- conforme al Índice Medio de Salarios Reales del Sector Público (INE).

Emplear este criterio para el “mantenimiento” de poder de compra es vidrioso, en tanto, el uso de un promedio puede dar como resultado, que el “no deterioro” se obtenga a partir de la mejora de algunos, y el empeoramiento de otros: al final, en los promedios, dicen, se ahogan los enanos.

Los ajustes serían en base a las inflaciones proyectadas en el mensaje presupuestal, que deberán incluir un correctivo, que tome en cuenta las diferencias entre el ajuste otorgado y la inflación observada. De la lectura, se desprende que la perdida a recuperar, se correspondería con la que se genera en el año 2021 aunque no se precisa. Queda la duda en relación a si será toda la inflación acumulada.

Los eventuales componentes de recuperación estarán condicionado a una serie de factores (IPC, DF, necesidades de la población más vulnerable y disponibilidad del tesoro nacional, se insinúa una convocatoria para ponderarlo. También se incluyen clausulas de salvaguarda referidas a la posibilidad que la inflación supere 12% o al no cumplimiento de las metas fiscales que activan la convocatoria al Consejo Superior para evaluar posibles medidas. No obstante, el PE queda facultado para otorgar un ajuste extraordinario en más o en menos. En resumen, todo puede pasar, dependiendo del criterio que aplique el PE. Puede haber pérdida, es más, es lo más probable, de acuerdo a lo presentado.

Si la intención de la pauta fuese cumplir con el compromiso de campaña del mantenimiento del poder de compra de los salarios, se diría con claridad y contundencia. La falta de claridad es una manera de encubrir intenciones.

Lo cierto es que además del posible recorte –supuesto ahorro- por la vía de no ajustar los salarios como correspondería, se proponen reestructuras organizativas y funcionales, las cuales podrán contener supresión, transformación, fusión y creación de nuevas unidades. Con una clara orientación que estas reestructuras se apoyen en una premisa economicista, es que las nuevas estructuras no podrá incrementar el costo de los vínculos laborales con el Estado al 1º de enero de 2021, es decir, se busca “ahorros”.

También se prevé un cambio en el régimen de las certificaciones médicas. En efecto, todos los funcionarios presupuestados o contratados con algunas excepciones (previstas por su autonomía), no tendrán derecho a percibir retribución alguna por un período de hasta tres días de licencia por enfermedad. La que dependerá de una Junta Médica. En concreto, se propone emparejar la situación de los públicos con la de los privados, es decir, que a partir del cuarto día de inasistencia hasta su reintegro a la actividad, su remuneración será el equivalente 70% de su salario.

Esto no solo genera preocupación en los trabajadores públicos por quitar un beneficio, sino porque no aborda el problema con la profundidad que merece. No se percibe que el problema del ausentismo, se resuelve por la vía del castigo, debiera integrarse con políticas transversales que aborden el problema desde su génesis. Esto también abona la idea de enfoque mercantilizador, de que el castigo ordena.

Quizá por último, por su contraste y sobre todo por su impacto mediático, es la mejora salarial de los presidentes de las empresas públicas. Si bien la crítica no puede llegar por la vía de oponerse a las mejoras salariales, parecen claramente desentonar con la política de ahorro y austeridad manifestada, o peor aún, sobre la base argumentativa de “contar con los mejores” porque en definitiva enfrenta trabajadores con trabajadores, y confunde lo público con lo privado.

Recién estamos entrando en detalle, habrá más, pero no hay duda al respecto, éste es un presupuesto neoliberal.

 

 Análisis publicado originalmente en Caras y Caretas N° 981 

 

 

 

Modificado por última vez en Martes, 08 Septiembre 2020 21:22

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