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Dr. Mario Pomatta: “Esencialidad es ilegítima, ilegal, inconstitucional y antidemocrática”

Viernes, 11 Agosto 2017 03:00
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De manera categórica, el doctor Mario Pomatta definió la ley 13.720 en la que se ha basado el Poder Ejecutivo actual y todos los gobiernos desde el retorno a la democracia, para aplicar un freno jurídico a los reclamos de los trabajadores. Según el asesor jurídico del PIT-CNT, claramente los decretos de esencialidad basados en la ley pachequista, no tienen sustento y carecen de legitimidad. Asimismo, para el letrado, la ley impulsada por Jorge Pacheco Areco es parte de una legislación “obsoleta, antidemocrática, antijurídica y conservadora”.

Pomatta en entrevista con el Portal sostuvo que la aplicación de los decretos de esencialidad basados en la ley 13.720 ya han sido cuestionados por la central y su equipo jurídico de asesores.

Explíquenos cuáles son los fundamentos y antecedentes de esta esencialidad que ahora decreta el gobierno

Nosotros ya hemos analizado y nos hemos pronunciado como área jurídica de la central sobre la ilegitimidad de este tipo de resoluciones. Fundamentalmente por dos razones, porque se fundamenta en legislación obsoleta, antidemocrática, antijurídica y conservadora, como son las leyes de la época del pachecato, que fueron las que posibilitan que se decreten servicios esenciales. En segundo lugar y conectado directamente con esto, es porque lejos de decretarse, los servicios esenciales se deban cubrir, por lo general, este es un caso de la salud, se cubren, se autorregulan los sindicatos, y cubren los servicios esenciales como está dispuesto, con guardias mínimas e imprescindibles para atender los servicios que afectan la vida, la seguridad y la salud. Esas normas son obsoletas porque a partir del 2009 existe la ley de negociación colectiva, para este caso en el sector público, y en el mismo año para el sector privado, en el 2007, la de libertad sindical, que ordenan que cualquier conflicto colectivo en el trabajo de intereses, las medidas gremiales que afectan esos servicios, deben ser reguladas mediante mecanismos de negociación, mediación y conciliación. Quiere decir que esto que está pasando en salud pública debió implicar ámbitos de negociación específicos para los temas de servicio esencial. Primero entre los trabajadores, determinando guardias mínimas. Segundo, si hubiera problemas con la administración, con ASSE. Tercero, si allí no hubiera acuerdo, en el Ministerio de Trabajo con el consejo superior de negociación colectiva. Eso no se hizo, no se hace nunca. El gobierno le dice a la población que negoció y que como no se llegó a acuerdo, los trabajadores tomaron medidas y decretaron servicios esenciales. Esta es una forma desfigurada de la realidad. Lo que llama negociación el gobierno, es la de los aspectos que tienen que ver con la plataforma de los trabajadores de la salud, con el presupuesto para esta Rendición de Cuentas, con las condiciones de trabajo, con los planes de inversión, con la movilidad funcional, con los niveles de empleo, pero no negociaron en ningún momento qué iban a hacer los trabajadores si adoptaban medidas de lucha como puede ser el paro o la ocupación.

Y esto no sucedió

Esto no ocurrió ni en esta oportunidad ni en las anteriores, en cambio el ministerio sale y dice que negoció y no es verdad. Se resuelve, no se decreta, porque es una resolución del Ministerio. El ministro de Salud Pública le pide al ministerio que tome la decisión. Por todos esos temas es que nosotros consideramos que la medida es ilegítima, porque no toma en cuenta la legitimidad que surge del sistema que impera en nuestro país, que no es ese, de resolver por sí y ante sí. Es ilegal, porque las leyes que deben aplicarse no se aplican. Es inconstitucional porque no protege el derecho de huelga, sino que lo limita, lo neutraliza y lo obstaculiza. En definitiva, es antidemocrática porque no respeta el relacionamiento natural entre trabajadores y empleados.

¿Cuáles son las consecuencias para los trabajadores y el país de continuar adelante con este tipo de medidas por parte del Ejecutivo?

Creo que hay que analizar el contexto, porque el decreto de esencialidad pasa a ser una de las medidas que pertenecen a una realidad mayor, un conjunto de otras medidas que están desnaturalizando, quitando validez a un sistema que es muy valioso, nuestro sistema de relaciones laborales tanto público como privado, considerado por la OIT como un modelo a ser tomado en cuenta a nivel universal. Así se lo dijeron en junio al presidente Tabaré Vázquez, nos lo dicen a nosotros cuando vamos a Ginebra, lo dijo el director de la OIT cuando vino acá. Si hay un modelo en el mundo para servir de referencia sobre el sistema de relaciones laborales, es el sistema uruguayo, que está integrado en soluciones que son comunes para trabajadores públicos y privados, que pertenecen a la visión de una sola central y de un gobierno progresista que quiere que eso exista. En la práctica, esto que implica resolver por sí y ante sí los servicios esenciales, es la parte de un contexto mayor que se integra con el decreto 401 del 2008 o 2007, por el cual cuando tomas medidas que no implican directamente el paro, sino que son medidas distorsivas que pueden causar perjuicio, te sancionan, pero no te sancionan descontándote los minutos o las horas o los días que hacés el paro, te sancionan por el perjuicio que provocás y eso ocurrió en innumerables oportunidades. En la DGI, en ANTEL, en ANCAP, en la UTE, en la OSE, en AFE y en algunos sindicatos privados.

Otra forma brutal de desnaturalizar es el antiguo  artículo 733 de la ley de Presupuesto, derogado y sustituido por un artículo 15 en la actual ley de Rendición de Cuentas, que dice que ante la eventualidad de un crédito a favor de un accionante contra el Estado, éste puede diferir el pago para una próxima instancia presupuestal, cuando pagar pueda poner en riesgo la prestación de un servicio. Eso está directamente relacionado con el conflicto del Poder Judicial donde no hubo negociación colectiva y se les dio aumento a los ministros que bajaron en cascada y generó un reclamo de los judiciales que determinaron sentencias a favor y para diferir en el tiempo el pago de eso se toma esta medida. Pero el peor efecto que tiene es que ahora los trabajadores cada vez que van a hacer un convenio, se preguntan “si ese convenio genera a mi favor un crédito por salarios, aumentos, modificaciones presupuestales escalafonaria, después ¿me podré hacer de esto, podré cobrar?”. Todo está, no se si deliberado, pensado, sería trágico si fuera así, pero todo están en función de eliminar “en la cancha” lo que las normas jurídicas dicen que está a favor de los trabajadores.

Modificado por última vez en Martes, 15 Agosto 2017 20:03
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