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14-04-2015 | Declaración Secretariado Ejecutivo

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Declaración del Secretariado Ejecurtivo ante la muerte del periodista y escritor Eduardo Galeano

 

El Secretariado Ejecutivo del PIT CNT comunica a todos los trabajadores y la población en general su inmenso dolor por la pérdida del entrañable compañero, escritor, amigo de esta central, Eduardo Galeano. 

Para nosotros, la muerte de un ser humano como Galeano es siempre prematura y deja vacíos difíciles de cubrir sobre todo en el inmenso territorio de las ideas, en estos tiempos donde tanto se precisan. El pueblo uruguayo y los pueblos de América debemos un reconocimiento imperecedero a Eduardo Galeano. 

Este latinoamericano gigante de las letras representa a las grandes mayorías del mundo. Desde los pueblos originales de nuestro continente, hasta las generaciones más recientes, sentimos el mayor agradecimiento a su obra y a su consecuencia, que alimentan las mejores partes de nuestra condición humana. 

Nos sumamos a la congoja de su familia y al dolor que seguramente sienten los pueblos de nuestra América, de la cual él es uno de sus mejores hijos. Llamamos a nuestras gremiales y a todos los trabajadores del país a sumarse a los merecidos homenajes que se brindarán en estos momentos, pero sobre todo, extendemos nuestro llamamiento al mejor homenaje que le podemos ofrecer: perpetuar su obra y transmitirla a las nuevas generaciones. Como él nos ha enseñado: “En realidad, –nos dijo –todos escribimos un solo libro, que va cambiando y se va multiplicando a medida que la vida vive y el escritor escribe. Para mí, Las venas… fue un puerto de partida, no un puerto de llegada”. En nosotros estará llegar a los puertos que faltan, desde donde volveremos a partir para continuar.

Montevideo, 14 de abril de 2015

 

Secretariado Ejecutivo sobre Seguro de Enfermedad

Posición del SECRETARIADO EJECUTIVO DEL PIT-CNT sobre el cambio de interpretación en la aplicación de las prestaciones vinculadas al Seguro de Enfermedad.

La inclusión de todas las partidas gravadas para el cálculo del jornal habitual, base para la determinación de la prestación por enfermedad, es, además de un mandato legal, un criterio acorde al principio de congruencia. Es justo que el trabajador en seguro de enfermedad, cobre los mas parecido posible a su jornal real, justamente cuando más lo necesita.

En este cuadro, si el trabajador genera el derecho a los 75 jornales, lo justo sería que a los efectos de acercarse a su “jornal habitual” se utilice el promedio de los 75 días anteriores al amparo al seguro de enfermedad. El cambio de interpretación, ha tenido impactos, operando a la baja y al alza de las prestaciones, en proporciones muy similares.

Su aplicación en el presupuesto del mes de Marzo, pagadero en Abril, pero efectuando un re cálculo sobre las prestaciones ya pagadas en los meses de Enero y Febrero, ha generado importantes distorsiones, e inseguridades, en beneficiarios especialmente vulnerables, por estar afectados por enfermedades que les impiden trabajar.

Los trabajadores que vienen percibiendo una prestación por enfermedad, o de cualquier otro tipo, no pueden ver rebajada la misma, invocándose "un cambio de criterio de la administración" en el cálculo de las prestaciones. Las futuras correcciones a esta situación ya creada, deben serlo, sin volver a afectar las prestaciones en curso de pago, porque eso implicaría re crear la situación de incertidumbre actual

Ante tal situación el Secretariado Ejecutivo del PIT-CNT declara:

1) Que el cambio de interpretación implica un cambio que no debe, en ningún caso, significar afectación a las prestaciones, por lo que, las generadas previamente al 1 de Enero, deben mantener su valor.

2) Que la corrección de esta nueva situación, generada por el propio organismo, no puede significar, en ningún caso, afectación de las prestaciones aumentadas en Enero y Febrero.

3) Proponemos para la aplicación de la ley 18725 que el promedio se tome en los 75 días anteriores a la solicitud de la prestación.

Montevideo, 14 de abril de 2015